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Pleno Legislativo se allanó a las objeciones presidenciales en leyes clave

Con pantallas marcando el «NO», la Asamblea Nacional del Ecuador cerró el debate sobre las reformas legislativas, permitiendo que prevalezcan las objeciones presentadas por el presidente Daniel Noboa. Foto: Asamblea

La Asamblea Nacional del Ecuador vivió una jornada de definiciones jurídicas este martes, 27 de enero de 2026, al tramitar las objeciones totales presentadas por el presidente de la República, Daniel Noboa Azin. El Pleno no logró los votos necesarios para ratificarse en sus textos originales, lo que sepultó dos proyectos de reforma de alto calado político y social.

En la Sesión No. 065, el primer punto de debate fue la objeción total al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). Esta propuesta buscaba modificar el funcionamiento interno del Parlamento, pero fue bloqueada tras una votación que reflejó la falta de consenso en la cámara.

El segundo análisis de la jornada se centró en la objeción total a la Ley de Registro, la cual pretendía otorgar validez registral a las resoluciones de la justicia indígena en conflictos de tierras. Al igual que en el primer caso, la moción de ratificación no alcanzó la mayoría calificada exigida por la ley.

La sesión legislativa se desarrolló bajo un ambiente de rigor técnico, donde los legisladores expusieron los riesgos constitucionales de las normas propuestas. El oficialismo y otros sectores defendieron el veto presidencial como una medida necesaria para garantizar la seguridad jurídica del Estado.

Respecto a la reforma de la función legislativa, el asambleísta Marco Olmedo actuó como una de las voces críticas frente al texto original. Olmedo sostuvo que la norma debía ser clara y técnica, evitando convertirse en una herramienta para la persecución política entre bancadas.

Uno de los puntos más polémicos de la reforma a la LOFL fue la creación de una Comisión Multipartidista Ad Hoc. Según el análisis debatido, este órgano temporal podía generar conflictos de competencia con el Comité de Ética ya existente, provocando inseguridad jurídica en los procesos de control.

Asimismo, se advirtió que el proyecto introducía cambios en el procedimiento de juicio político que contradecían la Constitución. La propuesta limitaba el derecho a la defensa y eliminaba plazos razonables para los interpelados, configurando un mecanismo netamente sancionatorio.

Otro aspecto cuestionado fue la intención de tipificar como falta «muy grave» el hecho de que un legislador se apartara de las decisiones de su bancada. Los detractores señalaron que esto vulneraba la libertad de pensamiento y el ejercicio independiente de la función para la cual fueron electos.

Olmedo indicó que el proyecto imponía restricciones innecesarias a los trámites de leyes económicas urgentes. Al desconocer la naturaleza prioritaria de estas normas, se ponía en riesgo la aprobación oportuna de leyes esenciales para la ciudadanía.

El debate sobre la justicia indígena y el registro de tierras

Tras agotar el análisis de la LOFL, el Pleno pasó a discutir la reforma a la Ley de Registro, impulsada originalmente para reconocer la Jurisdicción Indígena. La propuesta buscaba que las resoluciones comunitarias sobre tierras fueran inscritas obligatoriamente en los registros de la propiedad.

El asambleísta Milton Aguas, representante de Galápagos, lideró la postura a favor de la ratificación del texto aprobado por la Asamblea en octubre de 2024. Aguas propuso que el Pleno mantuviera su posición original para garantizar los derechos colectivos de las comunas.

Sin embargo, el Ejecutivo justificó su veto total basándose en instrumentos internacionales de derechos humanos. El presidente Noboa argumentó que la reforma se contraponía a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

El argumento presidencial sostuvo que los pueblos indígenas tienen derecho a conservar sus instituciones, pero sin que esto implique una mezcla forzosa con la burocracia estatal civil. La objeción recalcó que la participación en la vida política del Estado debe ser un derecho y no una imposición administrativa.

Durante el debate, se explicó que el proyecto vulneraba también la Ley de Tierras y Territorios Ancestrales. Milton Aguas, a pesar de su moción inicial, reconoció que existían contradicciones con las competencias de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD).

Los críticos de la reforma añadieron que los conflictos internos de las nacionalidades no son homologables a la legislación civil. La seguridad jurídica sobre la titularidad de tierras requiere procesos que la justicia indígena maneja bajo sus propios códigos y armonía comunitaria.

Por otro lado, cinco legisladores que participaron en el debate defendieron que la reforma no otorgaba potestad judicial a los registradores. Según esta visión, los funcionarios solo debían limitarse a inscribir las sentencias ya emanadas de la autoridad indígena.

En la discusión se abordó profundamente el concepto de pluralismo jurídico. Los defensores del proyecto argumentaron que el Estado ecuatoriano debe reconocer las distintas formas de administración de justicia que coexisten en el territorio.

A pesar de los argumentos a favor del pluralismo, el peso de las observaciones técnicas sobre la inconstitucionalidad de la norma prevaleció. La falta de articulación entre la justicia indígena y el sistema de registro civil fue el punto de quiebre para los legisladores.

La votación para ratificar la reforma a la Ley de Registro alcanzó solo 73 votos afirmativos. Al igual que en la votación previa, el número fue insuficiente para alcanzar los 101 votos requeridos por la mayoría calificada.

En cuanto a la reforma de la Función Legislativa, el resultado fue aún menor, obteniendo apenas 62 votos a favor de la ratificación. Esto evidenció una fractura en las bancadas que inicialmente apoyaron la propuesta en diciembre de 2024.

La jornada legislativa concluyó con el archivo de ambos proyectos, los cuales no podrán ser tratados nuevamente por el Legislativo en el lapso de un año. Esta resolución representó una victoria política para el Ejecutivo al frenar cambios que consideraba regresivos.

El asambleísta Olmedo insistió en que cualquier reforma futura debe nacer de un texto objetivo y constitucional. Para el legislador, la prioridad debe ser el interés general y no las agendas particulares de los bloques parlamentarios.

Por su parte, los sectores que apoyaban la justicia indígena lamentaron el resultado, considerándolo un retraso en la aplicación de los derechos colectivos. No obstante, el debate dejó abierta la puerta para analizar cómo integrar ambas jurisdicciones de forma técnica.

La Secretaría General de la Asamblea notificó los resultados de ambas votaciones, cerrando así un capítulo de tensiones entre Carondelet y el Palacio Legislativo. El trámite de estas objeciones totales devolvió ambos temas a fojas cero.

Los observadores políticos señalaron que esta sesión fue clave para medir la fuerza de las bancadas de oposición en temas estructurales. La incapacidad de reunir 101 votos mostró un escenario legislativo fragmentado y cauteloso frente a las observaciones del Ejecutivo.

Con esta decisión, la actual Ley Orgánica de la Función Legislativa se mantiene vigente sin las modificaciones que pretendían sancionar la disidencia interna. La estructura de los juicios políticos también conservará sus plazos actuales de defensa.

De igual manera, los registros de la propiedad continuarán operando bajo la normativa vigente sin la obligación de inscribir resoluciones de tierras indígenas. El sistema registral mantiene así su carácter exclusivamente civil y centralizado.

La jornada del 27 de enero terminó con el registro de las actas de votación en la sala de prensa de la institución. La Asamblea Nacional continuará con su agenda regular, dejando atrás dos de las reformas más discutidas del último periodo.

Fuente: Asamblea Nacional

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