
En 2025, Ecuador registró 125 denuncias por trata de personas, frente a 95 en 2024. El aumento del 32% fue citado por el asambleísta Gustavo Mateus durante el debate legislativo.
La cifra se suma a las 506 víctimas, posibles víctimas, personas en riesgo de trata y personas afectadas por tráfico ilícito de migrantes a quienes la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) brindó asistencia directa entre 2022 y 2026.
Con esos datos como telón de fondo, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el martes 20 de octubre, en segundo debate, reformas a la ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.
Los 144 asambleístas presentes votaron a favor. El respaldo de ADN y de la oposición, incluida la Revolución Ciudadana, resulta casi inédito en un Pleno donde ambas bancadas suelen mantener fuertes diferencias. También respaldaron el proyecto legisladores del Partido Social Cristiano, Pachakutik e independientes.
La reforma unifica cinco proyectos y modifica las reglas de prevención, protección, investigación y sanción. Entre sus cambios están el aumento de penas, nuevos delitos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y medidas para proteger a las víctimas.
De la captación al acompañamiento
Lucía Jaramillo, asambleísta y presidenta de la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, presentó el informe para segundo debate. “El delito de trata no distingue edad, no distingue condición, no distingue género”, dijo ante el Pleno.
La legisladora recordó que las víctimas pueden ser captadas mediante ofertas falsas de trabajo o estudio y sometidas después a explotación sexual o laboral, mendicidad, matrimonios forzados y otras formas de abuso.
Uno de los casos recientes ocurrió en Manabí. Durante la operación Metamorfosis, la Policía aprehendió a cuatro integrantes de una red vinculada al grupo criminal Los Choneros, señalada por captar adolescentes y trasladarlas a centros nocturnos e inmuebles privados para explotarlas sexualmente.
Jaramillo expuso que algunas de las adolescentes rescatadas tenían tatuajes de mariposas en las manos, una marca que habría sido usada por la red para señalar pertenencia. “Tratándolas como una mercancía” y como si alguien pudiera ser dueño de sus cuerpos, describió la asambleísta.
Otro operativo rescató en Pastaza a una niña peruana de 10 años en una comunidad de difícil acceso. Las autoridades investigaban un presunto caso de trata con fines de matrimonio forzado y desplegaron equipos por vías aérea y fluvial. También se coordinaron medidas de protección para una niña ecuatoriana que se encontraba en Perú.
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Para Jaramillo, los casos muestran que la captación puede ocurrir tanto en ciudades como en zonas fronterizas y comunidades rurales. La reforma propone mecanismos para detectar ofertas engañosas y habilitar canales gratuitos y anónimos de denuncia.
El texto también incorpora la prevención de la trata en el sistema educativo y plantea capacitar a docentes para reconocer riesgos y orientar a niñas, niños y adolescentes.
En el frente económico, la Fiscalía General del Estado, en coordinación con la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), podrá realizar investigaciones financieras y patrimoniales paralelas para rastrear activos vinculados con estas redes.
La reforma establece penas de 19 a 22 años para el tipo básico agravado de trata; de 22 a 26 años si la víctima pertenece a un grupo de atención prioritaria o existe una relación de dependencia; de 26 a 30 años cuando se ocasionen daños graves o irreversibles, y de 30 a 35 años si la víctima muere.
Mateus puso el acento en lo que ocurre después del rescate. “La lucha contra la trata de personas no termina cuando una víctima es rescatada”, afirmó el asambleísta.
El legislador dijo que el Estado debe garantizar seguridad, recuperación física y emocional, acceso a la justicia y condiciones para reconstruir un proyecto de vida. También pidió que los consulados acompañen a ecuatorianos en el exterior que enfrenten explotación o violencia.
La asambleísta Graciela Ramírez, quien habló desde su experiencia migrante, resumió el propósito de la norma así: “Una ley no se vive por la extensión de sus artículos, sino por la capacidad de proteger vidas y cambiar realidades”.
Ramírez destacó tres herramientas: seguir el dinero de las organizaciones criminales, responder a la captación mediante plataformas digitales y reforzar la atención a niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y migrantes en situación vulnerable.
La OIM reportó que asistió directamente a 506 personas entre 2022 y 2026, entre ellas víctimas y posibles víctimas de trata, personas en riesgo y personas afectadas por tráfico ilícito de migrantes.
El Ministerio del Interior, por su parte, registró 78 víctimas de trata identificadas en Ecuador entre enero y julio de 2025. Esa cifra corresponde a un periodo y una fuente distintos de las denuncias de Fiscalía citadas por Mateus.
La asambleísta Paola Cabezas vinculó las reformas con las personas afectadas por Furukawa y con la obligación estatal de garantizar sus derechos. “Estar del lado de las víctimas no es solamente escuchar su dolor. Es garantizar sus derechos”, sostuvo.
Cabezas recordó que una comisión legislativa visitó los campamentos de la empresa en 2021. En 2022, el Pleno reconoció con 102 votos la existencia de esclavitud moderna y, en mayo de 2025, aprobó con ocho votos otro informe de fiscalización.
La legisladora informó que diez personas fallecieron sin alcanzar una reivindicación de sus derechos ni recibir la reparación que reclamaban por los años de explotación a los que fueron sometidas.
Cabezas respaldó la aprobación, pero advirtió que el texto debía fortalecer los controles laborales en sectores de riesgo y proteger las reparaciones incluso si una empresa responsable entra en disolución o liquidación.
Furukawa y la servidumbre de la gleba
Furukawa Plantaciones del Ecuador es la empresa cuyas haciendas fueron escenario de la explotación de trabajadores dedicados al cultivo y procesamiento de abacá. La Corte Constitucional determinó que allí existió servidumbre de la gleba, una práctica análoga a la esclavitud.
En noviembre de 2024, la Corte aceptó acciones de protección de personas afectadas y responsabilizó también a entidades públicas por no prevenir ni proteger frente a esas vulneraciones. La sentencia dispuso medidas de reparación y acciones para impedir que se repitan prácticas similares.
La servidumbre de la gleba somete a personas a un sistema de trabajo del que no pueden apartarse libremente. En el caso Furukawa, las denuncias y el proceso constitucional expusieron condiciones de explotación que se extendieron por décadas.
Cabezas señaló que, según la fiscalización legislativa, la explotación se prolongó alrededor de 60 años en haciendas de Santo Domingo, Los Ríos y Esmeraldas. “Furukawa no es una discusión sobre el pasado”, dijo, al pedir que el caso sirva para prevenir nuevas vulneraciones.
La reforma incorpora la servidumbre de la gleba entre las modalidades de explotación y establece inspecciones laborales. Cabezas pidió que los controles sean planificados y focalizados en sectores de alto riesgo, en lugar de depender de revisiones generales o aleatorias.
El asambleísta Edwin Jarrín recordó que la trata puede abarcar explotación laboral y sexual, mendicidad forzada, adopción ilegal y reclutamiento de niñas, niños y adolescentes para actividades delictivas. “La dignidad humana no tiene precio”, expresó.
La norma también tipifica de forma autónoma el matrimonio forzoso y la unión de hecho forzada. Jaramillo señaló que, en el caso de matrimonio forzoso, la pena podrá llegar a siete años cuando la víctima sea menor de edad.
Javier Gracia, asambleísta, recordó que en una etapa anterior planteó archivar una versión del proyecto porque consideraba que tenía problemas de contenido y técnica legislativa. “Es preferible no tener una ley a tener una mala ley”, dijo al explicar por qué luego respaldó el trabajo para unificar las propuestas.
La reforma garantiza atención médica y asistencia legal inmediata sin exigir que las víctimas participen en un proceso penal. También dispone evaluar riesgos antes de ejecutar retornos asistidos, conforme al principio de no devolución.
El proyecto fue aprobado en segundo debate y será remitido al presidente de la República, quien podrá sancionarlo o formular un veto parcial. Hasta que concluya ese trámite, las reformas todavía no entran en vigencia. La votación cerró el debate legislativo; su efecto dependerá de que las instituciones apliquen las medidas y de que las reparaciones lleguen a quienes las esperan. (I)