martes, agosto 5, 2025
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50 años del Código Tributario en Ecuador

Por: Gabriel S. Galán Melo

La semana pasada intervine en el congreso “Diálogos andinos de tributación” en la Universidad Andina Simón Bolívar, sede Ecuador. Con dicho evento académico se conmemoraron las cinco décadas de existencia del Código Tributario ecuatoriano, considerado una de las codificaciones más importantes de la historia jurídica de nuestro país.

Aprobado en 1975, este cuerpo normativo no solo representó un hito histórico para Ecuador, sino que fue -en su época- una referencia técnica y jurídica para toda América Latina, ya que dicho código no fue una simple compilación de normas tributarias dispersas sino el resultado de un esfuerzo técnico riguroso que buscó sistematizar y racionalizar el ejercicio de la potestad tributaria del Estado, dotando al sistema fiscal nacional de principios rectores, procedimientos claros y garantías fundamentales, tanto para la administración tributaria como para los contribuyentes.

Hoy, en medio de las constantes reformas de naturaleza tributaria que yacen dispersas en las variadas leyes de urgencia económica que se aprueban con una agilidad impensada y torpemente aplaudida, ciertamente cabe relievar los aportes del antes mentado código. Entre sus principales aportes se destacan la consagración del principio de legalidad tributaria, la regulación detallada de los procedimientos de determinación, impugnación y cobro de los tributos, así como el diseño de un proceso contencioso tributario especializado, articulado al Tribunal Fiscal -ahora denominado Tribunal Contencioso Tributario- que nació (a fines de la década de 1950) para satisfacer la necesidad indiscutible de asegurar una justicia fiscal técnica, imparcial y con conocimiento especializado.

Durante años, el Código Tributario ecuatoriano ha sido objeto de estudio y consulta en otros países de la región, que vieron en su estructura ordenada y en su lenguaje normativo claro un ejemplo digno de ser replicado. Su influencia en la evolución del Derecho tributario en América Latina es innegable. Pero, a la fecha, a medio siglo de su entrada en vigor, a pesar de que el Código aún conserva buena parte de su estructura original lo que da muestra de su solidez técnica, los cambios en la economía global, el avance de la digitalización, la creciente movilidad del capital, la necesidad de justicia fiscal y los compromisos internacionales en materia de transparencia y cooperación tributaria, nos obligan a repensar y actualizar muchos de sus contenidos.

Por eso, es hora, más allá de la justa conmemoración para rendir homenaje a una gran obra legislativa, de abrir un debate serio y técnico sobre su necesaria modernización; a sabiendas que, reformar el Código no implica desconocer su valor histórico, sino honrarlo con una actualización que responda a los desafíos fiscales del siglo XXI e incluya aspectos indispensables como fiscalidad digital, la tensión entre los principios de progresividad y suficiencia recaudatoria y las herramientas suficientes para una mayor simplificación y eficacia en todos los procedimientos ante la administración tributaria. Es hora de buscar soluciones estructuradas y sistemáticas y dejar de poner parches periódicamente a una buena parte de la actividad financiera del Estado.

Cincuenta años después, Ecuador tiene la oportunidad de volver a colocarse a la vanguardia en materia tributaria, como lo hizo en 1975. Un nuevo impulso legislativo, que parta de los aciertos del pasado y mire con responsabilidad el presente, permitirá consolidar un sistema tributario más justo, transparente y funcional. Basta de realizar permanentemente reformas opacas y confusas de naturaleza tributaria. Solo con normas actualizadas, claras y justas se garantizará una tributación al servicio del desarrollo y del bienestar colectivo.

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