Andrés Albuja Batallas
Ex Asesor Junta Monetaria Financiera EC, Foro Económico EC, PhD(c) Economía & Finanzas. Maastricht U. & U. Of Salford.
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) es una institución financiera internacional acreedora del Ecuador donde el ex Ministro de Economía y Finanzas Richard Martínez anunció que trabajaría luego de que renunció al cargo en octubre 2020.
Pero no han transcurrido dos años desde su renuncia al cargo como lo establece el artículo 153 de la Constitución de la República del Ecuador, el cual dispone: “Quienes hayan ejercido la titularidad de los ministerios de Estado y las servidoras y servidores públicos de nivel jerárquico superior definidos por la ley, una vez hayan cesado en su cargo y durante los siguientes dos años, no podrán formar parte del directorio o del equipo de dirección, o ser representantes legales o ejercer la procuración de personas jurídicas privadas, nacionales o extranjeras, que celebren contrato con el Estado, bien sea para la ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual, ni ser funcionarias o funcionarios de instituciones financieras internacionales acreedoras del país”.
El oficio No. 10669 de 20 de octubre de 2020 del Procurador General del Estado, podría ser un vehículo para materializar presuntamente la violación a la prohibición expresa del artículo 153 de la Carta Magna.
En el ejercicio de sus atribuciones señaladas en el artículo 429 y 436 de la Constitución, la Corte Constitucional es el máximo órgano de control e interpretación constitucional; y en este caso cabe la declaración de inconstitucionalidad del pronunciamiento del Procurador.
Por eso se debe cumplir: Constitución de la República del Ecuador, Convenio Constitutivo del BID, Código de Ética del BID, Convenios y Tratados Internacionales, Mejores Prácticas Internacionales de Gobierno Corporativo, evitar conflictos de intereses entre ex autoridades e instituciones financieras internacionales acreedoras del país. (O)