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Estado de Excepción.- Una figura que contralará lo que se viene o una medida de prevención social?  

Esteban Ron Castro

Analista Político, Máster en Democracia y Buen Gobierno por la Universidad de Salamanca; Magíster en Comunicación Estratégica Universidad Andina Simón Bolívar; MBA Universidad Internacional Del Ecuador. 

A pocas horas de haber leído el Decreto Ejecutivo N.- 1217 por el que se establece un nuevo estado de excepción en todo el territorio nacional en virtud de que, “es de conocimiento público que el Reino Unido está enfrentando una variante del SARS Cov-2 que posee mayor grado de virulencia” (Decreto Ejecutivo, página 11) por lo que la OMS ha instado al mundo entero a la toma de nuevas medidas de protección y prevención frente a la covid-19; preocupan ciertos datos que se expresan en el mismo, principalmente,  la causa de reproducción del contagio.  

En lo que se ha marcado como la evolución de las aglomeraciones pre y post estados de excepción entre los meses de junio y septiembre de 2020, el decreto señala que las alertas por aglomeraciones se han incrementado en el 194% a escala nacional.  

Pero, lo aún más preocupante es que en las aglomeraciones por meses, se evidencia que las alertas se incrementaron en un 362% entre noviembre y diciembre; sí, más de ese 100% estándar que siempre nos alarma.  

Sin ánimo de excusar la actuación del gobierno o de quienes analizaron las causas para este estado de excepción y menos aún de quienes elaboraron el decreto ejecutivo; si estas cifras son exactas o aproximadas (porque no creo que el Estado juegue con la certeza de las mismas), existe una plena justificación fáctica del por qué se lo elaboró con la motivación que se establece; pero, por otro lado llama la atención este incremento, donde nuevamente hay fallas estatales, principalmente en materia de PREVENCIÓN y sanción.  

Mientras escribo, este editorial, me condiciona la idea de ese 362% y me pregunto, ¿nos urgen tanto las reuniones sociales, las cenas de navidad o la quema de monigotes?; es lo que en particular me viene a la cabeza; pero claro, mientras reclamo en casa por esto, existen otras condiciones como las necesidades económicas de la informalidad comercial y ese día a día para subsistir o sobrevivir.  

Que difícil se vuelve ser objetivo, sin analizar las subjetividades (necesidades) de cada caso; pero, quienes hemos pasado por lo que significa un contagio con carga viral alta e incontrolada y sus consecuencias, de seguro, la encontraremos; mientras que otras personas tan solo, NO.  

El decreto ejecutivo pasará por un control de constitucionalidad en los próximos días, y encontrará su razón de ser a pesar de los condicionamientos impuestos por la propia Corte Constitucional en cuanto a nuevos decretos con estados de excepción.  
Al fin de cuentas y para estos casos, de seguro ya pensaremos en las válvulas de escape y las formas de “torear” las disposiciones; sin embargo el mejor control de constitucionalidad que podemos hacer como ciudadanos conscientes de la gravedad de la situación es aplicar el famoso principio de convivencia que de hecho, sí está en muchísimas partes de nuestra Constitución.  (O)
 

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