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Fiscalía apelará sobreseimiento que favoreció al expresidente Abdalá Bucaram

Foto: Archivo

El expresidente Abdalá Bucaram Ortiz fue en un caso de tráfico de bienes patrimoniales.

Así lo resolvió el juez Juan Carlos Terán Moreno. La diligencia donde se dio lectura a la resolución se llevó a cabo este viernes 16 julio, en Guayaquil.

La causa se inició el pasado 3 de junio de 2020 cuando se allanó la vivienda del exmandatario, en donde además se encontró un arma de fuego e insumos médicos.

Los agentes de Policía Nacional encontraron también varias piezas arqueológicas que no pudo justificar.

Las piezas que fueron incautadas por la Policía. Foto: Archivo

El fiscal de Delincuencia Organizada Transnacional, Eduardo Díaz Zambrano, presentó como pruebas los partes de investigativos elaborados por la Policía Judicial, el informe de inspección técnico ocular elaborado por Criminalística, las pericias e informes de bienes arqueológicos emitidas por el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, la certificación de que estas piezas arqueológicas se encuentran inventariadas, la orden de allanamiento al domicilio del expresidente y los bienes incautados en ese operativo, que se encuentran en cadena de custodia en la Policía Judicial.

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No obstante, las evidencias no fueron suficientes y sobreseyó a Bucaram. También levantó las medidas sustitutivas en su contra, como la presentación ante Fiscalía, el uso de dispositivo electrónico y la prohibición de salida del país. La Fiscalía informó que apelará la decisión judicial, cuando las partes procesales hayan sido notificadas.

En esta causa también estuvo señalado Jacobo Bucaram, hijo del exmandatario, pero fue excluido de la investigación, ya que se determinó que estaba en el lugar de visita.

Habrá apelación

El fiscal Eduardo Díaz no coincidió con la resolución emitida por el Magistrado e indicó que presentará la respectiva apelación, una vez que esta sea notificada por escrito a las partes procesales.

Fiscalía inició este proceso penal con base en el artículo 238 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de transporte y comercialización ilícitos, y tráfico de bienes del patrimonio cultural con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (I)

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