Nancy Beltrán, jueza de Garantías Penales de Guayas, acogió el pedido de Fiscalía y llamó a juicio a Luis Javier Hermida, esposo de la estilista y modelo Lisbeth Baquerizo. Además, ratificó su prisión preventiva.
Así lo resolvió la magistrada, luego de que la Fiscalía General del Estado emitiera su dictamen acusatorio contra el individuo por el delito de femicidio, cometido contra su esposa, ocurrido en diciembre de 2020, en su domicilio ubicado en el norte de Guayaquil.
Fiscalía inició la investigación en torno al femicidio de Lisbeth Baquerizo, suscitado el 21 de diciembre de 2020 al interior de su domicilio, ubicado en una urbanización Vía a la Costa, en el norte de Guayaquil.
En sus investigaciones, Fiscalía buscó determinar las causas reales de la muerte de la joven, que habría ocurrido por una caída de las escaleras, según las versiones de su esposo (ahora procesado) Luis Javier Hermida y otros familiares que conocieron el hecho.
Al encontrar contradicciones y descubrir que otras personas ajenas al círculo familiar conocían pormenores y habrían participado de un presunto encubrimiento, y de no avisar a las autoridades sobre las causas reales del hecho violento, Fiscalía abrió otra investigación por el delito de fraude procesal.
El 20 de julio de 2021, seis personas fueron procesadas por fraude procesal, entre ellas, el esposo de la víctima, su hermano Miguel Ángel Hermida, sus padres Luis Bolívar H. G. y Nancy Enriqueta N. M., el médico responsable de emitir el certificado de defunción, Marlon Humberto E. M.; y, Roland Josué E. M.
Fue así que se inició la causa con base en el artículo 141, en concordancia con el artículo 142 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de femicidio con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
Los elementos para el llamado a juicio
En audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, desarrollada en la Unidad Judicial Florida Norte, la fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Yoli Pinillo Castillo, presentó como elementos de convicción: la denuncia presentada en Fiscalía por el padre de la víctima, un certificado de defunción en el que se detalla la causa de muerte (traumatismo craneoencefálico a causa de dos heridas provocadas con un objeto contundente), el acta de levantamiento del cadáver y de protocolo de autopsia.
Además, se presentaron los informes de investigaciones de la Dirección de Delitos Contra la Vida y Muertes Violentas (Dinased), los informes de las pericias ocular técnica y de reconocimiento del lugar de los hechos.
También presentó el parte de novedades suscitados en la sala de velaciones, la pericia de audio, videos y afines a las cámaras de seguridad de la urbanización donde vivía la víctima, el análisis de información de triangulación de llamadas telefónicas del procesado (de los sitios donde se encontraba y las conversaciones que mantuvo con otras personas, entre familiares y funcionarios en la fecha de los hechos).
Además, los certificados emitidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), que señalaban como causa de muerte un infarto cardiovascular; y, otro elaborado por el médico legista de la Policía Judicial, la pericia psicosocial y el cotejamiento genético de ADN (para determinar líneas de parentesco).
El procesado se encuentra prófugo de la justicia, por lo que la etapa de juicio queda postergada hasta que sea ubicado y capturado.
La jueza Beltrán dispuso las medidas de protección dispuestas en el artículo 558, numerales 1, 2, 3 y 4, del COIP, entre estas: una boleta de auxilio a favor de los padres y hermana de la víctima.
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Por pedido de Fiscalía, se procederá con la remisión de la documentación (auto de llamamiento a juicio) a la Interpol (Policía Internacional) para que el procesado sea localizado y capturado, mediante difusión roja.
Finalmente, la Magistrada dispuso la medida cautelar real de prohibición de enajenar los bienes del procesado hasta $ 20.000. (I)