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Ecuatoriano detenido por tratar de vender 16 tortugas

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Instantes de la detención del ciudadano, en posesión de las especies. Foto: Cortesía

Un operativo de control evitó la venta ilegal de 16 tortugas charapa neonatos (Podocnemis unifilis), informó este viernes, el Ministerio del Ambiente y Agua.

La localización y decomiso de las especies estuvo a cargo del personal de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Contra el Ambiente y la Naturaleza.

Durante el operativo realizado el 27 de mayo y posterior a las verificaciones de ley se detuvo al ciudadano de nacionalidad ecuatoriana, Alberto R., de 35 años de edad, el mismo que fue puesto a órdenes de la Fiscalía por tenencia, transporte y comercialización ilegal de vida silvestre y no contar con los permisos correspondientes.

En la Audiencia de Calificación de Flagrancia se dictaminó la prohibición de salida del país del presunto infractor, y deberá presentarse cada semana ante la autoridad competente mientras se desarrolla el proceso de instrucción fiscal.

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El Ministerio del Ambiente, informó que los especímenes fueron trasladados hasta el Vivarium de Quito de la Fundación Herpetológica Gustavo Orces, donde permanecerán bajo custodia temporal, allí fueron valoradas por la bióloga María Elena Barragán, quien señaló que algunos se encontraban en mal estado de salud por lo que se procedió a darles atención inmediata. «Algunos de los animales presentan en la parte ventral del caparazón la vena que les conectaba al huevo mientras eran embriones”, acotó Barragán.

Gustavo Manrique Miranda, ministro del Ambiente y Agua, advirtió que habrá «cero tolerancia con este tipo de delitos, con la naturaleza no se juega». «Seguiremos realizando y fortaleciendo nuestros controles en territorio. Nuestro reto es tener el desafío de garantizar que las futuras generaciones tengan la oportunidad de gozar de un ambiente mejor conservado», dijo.

El ciudadano será procesado en vigencia del artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona los delitos contra la flora y fauna silvestres.

«La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional, así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años». (I)